{"id":15,"date":"2025-12-10T00:00:00","date_gmt":"2025-12-10T00:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/casos-exito-dso-legal-segunda-oportunidad\/"},"modified":"2025-12-10T00:00:00","modified_gmt":"2025-12-10T00:00:00","slug":"casos-exito-dso-legal-segunda-oportunidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/casos-exito-dso-legal-segunda-oportunidad\/","title":{"rendered":"Casos de \u00e9xito: as\u00ed hemos cancelado m\u00e1s de 340 deudas en DSO Legal"},"content":{"rendered":"<article class=\"article-body\">\n<p class=\"intro\">Hablar de la Ley de Segunda Oportunidad en abstracto es \u00fatil, pero nada ilustra mejor su poder que los casos reales de personas que han pasado por el proceso y han salido al otro lado con sus deudas canceladas. En DSO Legal hemos gestionado m\u00e1s de 340 procedimientos con una tasa de \u00e9xito superior al 94%. Aqu\u00ed te contamos cinco de esos casos (con nombres y datos modificados para proteger la privacidad).<\/p>\n<h2>Caso 1: Miguel, fontanero aut\u00f3nomo \u2014 78.000 \u20ac cancelados<\/h2>\n<p>Miguel llevaba doce a\u00f1os trabajando como fontanero aut\u00f3nomo en Valencia. La pandemia le dej\u00f3 sin clientes durante casi un a\u00f1o, y para mantener su negocio y su familia fue acumulando deuda: 22.000 \u20ac con la Seguridad Social, 8.000 \u20ac con Hacienda, 35.000 \u20ac en pr\u00e9stamos bancarios y 13.000 \u20ac con proveedores de material.<\/p>\n<p>Cuando nos contact\u00f3, llevaba seis meses sin poder pagar ninguna cuota y ten\u00eda dos embargos preventivos sobre su cuenta bancaria. Optamos por el EPI especial con plan de pagos para la deuda p\u00fablica y EPI autom\u00e1tico para la deuda privada. El auto de concurso paraliz\u00f3 los embargos en diez d\u00edas. Dieciocho meses despu\u00e9s, Miguel obtuvo la exoneraci\u00f3n del 87% de su deuda total. Hoy sigue trabajando como fontanero, con una cuenta bancaria limpia y sin deudas.<\/p>\n<h2>Caso 2: Carmen, ex-administradora con derivaci\u00f3n de Hacienda \u2014 145.000 \u20ac cancelados<\/h2>\n<p>Carmen fue administradora de una peque\u00f1a empresa de distribuci\u00f3n alimentaria durante ocho a\u00f1os. Cuando la empresa quebr\u00f3 en 2022, Hacienda le deriv\u00f3 una deuda de 95.000 \u20ac a t\u00edtulo personal por IVA e IRPF impagados. Adem\u00e1s, ten\u00eda 50.000 \u20ac en pr\u00e9stamos personales que hab\u00eda pedido para intentar salvar el negocio.<\/p>\n<p>Antes de la STS 261\/2026, su caso habr\u00eda sido pr\u00e1cticamente inviable. Con la nueva jurisprudencia, documentamos que la derivaci\u00f3n de responsabilidad se deb\u00eda a la insolvencia de la empresa, no a conducta fraudulenta. El juez admiti\u00f3 la exoneraci\u00f3n de la deuda privada y acord\u00f3 un plan de pagos de 36 meses para la deuda p\u00fablica. Carmen pagar\u00e1 1.200 \u20ac al mes durante tres a\u00f1os y el resto quedar\u00e1 exonerado.<\/p>\n<h2>Caso 3: Roberto y Ana, pareja con hipoteca y deudas \u2014 112.000 \u20ac cancelados<\/h2>\n<p>Roberto y Ana eran una pareja de Madrid con una hipoteca sobre su vivienda habitual y 112.000 \u20ac en deudas adicionales: tarjetas de cr\u00e9dito, pr\u00e9stamos personales y un cr\u00e9dito al consumo. Hab\u00edan conseguido mantener la hipoteca al d\u00eda, pero el resto de las deudas se les hab\u00eda ido de las manos.<\/p>\n<p>Tramitamos dos procedimientos paralelos (uno para cada uno) optando por el EPI especial con plan de pagos, excluyendo la hipoteca del procedimiento. La hipoteca continu\u00f3 pag\u00e1ndose con normalidad. Las deudas adicionales se exoneraron en su totalidad en diecis\u00e9is meses. Roberto y Ana conservaron su vivienda y empezaron de cero con sus finanzas.<\/p>\n<h2>Caso 4: Jos\u00e9 Luis, trabajador por cuenta ajena \u2014 67.000 \u20ac cancelados<\/h2>\n<p>Jos\u00e9 Luis trabajaba como t\u00e9cnico de mantenimiento en una empresa industrial de Bilbao. Durante a\u00f1os hab\u00eda acumulado deudas con tarjetas de cr\u00e9dito y pr\u00e9stamos personales para hacer frente a gastos imprevistos: una separaci\u00f3n, una enfermedad de su madre y la reforma de su piso de alquiler. La deuda total ascend\u00eda a 67.000 \u20ac.<\/p>\n<p>Al ser trabajador por cuenta ajena con una n\u00f3mina estable, optamos por el EPI con plan de pagos: durante 24 meses aport\u00f3 el 20% de su n\u00f3mina disponible (por encima del SMI) al pago de los acreedores. Al finalizar el plan, el resto de la deuda \u2014m\u00e1s de 50.000 \u20ac\u2014 qued\u00f3 exonerada. Jos\u00e9 Luis recuper\u00f3 el control de sus finanzas sin haber perdido su empleo ni su vivienda de alquiler.<\/p>\n<h2>Caso 5: Dolores, pensionista con deudas acumuladas \u2014 43.000 \u20ac cancelados<\/h2>\n<p>Dolores ten\u00eda 68 a\u00f1os y una pensi\u00f3n de 920 \u20ac al mes. Durante a\u00f1os hab\u00eda ido pidiendo peque\u00f1os pr\u00e9stamos para ayudar a sus hijos y para cubrir gastos m\u00e9dicos. La deuda total hab\u00eda llegado a 43.000 \u20ac, y las cuotas mensuales superaban el 60% de su pensi\u00f3n. Viv\u00eda con menos de 400 \u20ac al mes para todo.<\/p>\n<p>Dado que su \u00fanica fuente de ingresos era la pensi\u00f3n y no ten\u00eda bienes, optamos por el EPI autom\u00e1tico. El juez declar\u00f3 el concurso, constat\u00f3 que no hab\u00eda masa activa suficiente para pagar a los acreedores, y concedi\u00f3 la exoneraci\u00f3n de la totalidad de la deuda en doce meses. Dolores pudo por fin vivir con su pensi\u00f3n completa, sin deudas y sin llamadas de los cobradores.<\/p>\n<h2>Lo que todos estos casos tienen en com\u00fan<\/h2>\n<p>M\u00e1s all\u00e1 de las cifras, lo que une a todos estos clientes es algo m\u00e1s importante: <strong>la recuperaci\u00f3n de la tranquilidad<\/strong>. Todos ellos llegaron a DSO Legal en situaciones de estr\u00e9s extremo, con llamadas de acreedores, embargos o ejecuciones en curso. Todos ellos salieron del proceso con sus deudas canceladas y con la sensaci\u00f3n de que pod\u00edan volver a planificar su futuro.<\/p>\n<p>La Ley de Segunda Oportunidad no es una soluci\u00f3n m\u00e1gica ni est\u00e1 exenta de dificultades. Pero cuando se gestiona bien, con un equipo especializado y con la estrategia adecuada, puede cambiar la vida de las personas de forma radical.<\/p>\n<div class=\"cta-box\">\n<h3>\u00bfQuieres ser el siguiente caso de \u00e9xito?<\/h3>\n<p>Si quieres saber si tu caso es viable, contacta hoy con DSO Legal. La consulta inicial es gratuita y sin compromiso. En 30 minutos te decimos con honestidad qu\u00e9 opciones tienes y c\u00f3mo podemos ayudarte.<\/p>\n<\/div>\n<\/article>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hablar de la Ley de Segunda Oportunidad en abstracto es \u00fatil, pero nada ilustra mejor su poder que los casos reales de personas que han pasado por el proceso y han salido al otro lado con sus deudas c<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[13],"tags":[],"class_list":["post-15","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-proceso-legal"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=15"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/15\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=15"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=15"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/dsolegal.es\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=15"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}